En Uruguay, si tenías derecho a una devolución de IRPF de años anteriores y no habías hecho la declaración jurada, el procedimiento puede variar ligeramente dependiendo de tu situación específica. Sin embargo, en muchos casos, es posible que tengas un crédito a cobrar sin necesidad de presentar una declaración jurada en ese momento.
Aquí te detallo los pasos y consideraciones generales:
1. Verificá si tenés un crédito a cobrar (Devolución Automática):
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Trabajadores dependientes: La DGI realiza devoluciones automáticas para un número significativo de contribuyentes que no tienen la obligación de hacer la Declaración Jurada. Esto aplica a trabajadores dependientes con un único empleador durante el año, que no optaron por la reducción de retenciones por Núcleo Familiar, y que tienen un crédito por retenciones en exceso.
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¿Cómo consultar?
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Portal de Servicios de la DGI: Ingresando con tu usuario DGI (RUT y clave), usuario Gub.uy, cédula de identidad con chip, identidad digital Abitab o TuID de Antel. Buscá la sección "Consulta de devoluciones".
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App DGI Móvil: Disponible para dispositivos iOS y Android.
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WhatsApp: A través del 098 134400, opción 2.
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Página web de DGI: En la web de DGI, ingresando el número de cédula de identidad, podés saber si tenés o no un crédito a cobrar.
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2. Si no es una devolución automática y corresponde presentar Declaración Jurada:
Si la consulta anterior te indica que no tenés una devolución automática, o si tus ingresos y situación te obligaban a presentar declaración jurada (ej: más de un empleador, ingresos nominales anuales que superan cierto monto, deseo de aplicar deducciones por alquiler, hijos, cuotas hipotecarias, etc.), entonces deberás presentar la Declaración Jurada correspondiente al año o años en cuestión.
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Identidad Digital: Para acceder a los servicios en línea de la DGI y presentar tu Declaración Jurada, necesitarás una identidad digital (por ejemplo, Identidad Digital Abitab, TuID de Antel, o cédula de identidad con chip). Podés obtenerla en redes de cobranza (Abitab, RedPagos) o en puntos de atención de la DGI.
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Plataforma en línea de la DGI:
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Ingresá al sitio web oficial de la DGI: www.dgi.gub.uy
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Andá a la sección "Servicios en línea" y seleccioná "Usuarios Registrados con Identidades Digitales".
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Iniciá sesión con tu identidad digital.
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Buscá la sección de Declaración Jurada de IRPF y completá el formulario con tus datos. La DGI precarga algunos datos, pero es crucial que revises y, si es necesario, edites o agregues información como retenciones, deducciones, otros ingresos, etc.
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Comprobantes: Asegurate de tener a mano todos los comprobantes de retenciones recibidas, pagos de arrendamientos, pagos de préstamos hipotecarios (si aplican y bajo ciertas condiciones), etc.
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Revisar y Confirmar: Antes de enviar, verificá que toda la información ingresada sea correcta.
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Presentar la Solicitud de Devolución: Una vez completada y confirmada la declaración jurada, el sistema te indicará si tenés un saldo a favor y, por lo tanto, una devolución.
3. Cómo cobrar la devolución:
Una vez que la DGI procesa tu crédito (ya sea automático o por declaración jurada) y no presenta observaciones, el importe podrá ser cobrado de las siguientes maneras:
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Depósito bancario: Si tenés registrada una cuenta bancaria en la DGI, el pago se realizará directamente ahí. Podés consultar y, si es necesario, afiliar tu cuenta bancaria a través de los servicios en línea de la DGI.
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Redes de cobranza: Abitab y RedPagos. Solo necesitarás tu cédula de identidad.
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A tu empleador: Si se trata de una devolución automática y las condiciones lo permiten.
Plazos:
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Las devoluciones automáticas suelen informarse y pagarse en junio de cada año por el ejercicio fiscal anterior.
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Si presentás Declaración Jurada:
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Si la presentás antes de una fecha límite (ej: 15 de julio para el ejercicio 2024), el pago puede estar disponible a fines de julio.
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Si la presentás después, el pago se efectúa en el mes siguiente.
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Consideraciones importantes:
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Actualizá tus datos: Asegurate de que tu información personal (domicilio, correo electrónico, cuenta bancaria) esté correcta y actualizada en los registros de la DGI.
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Asistencia: Si tenés dudas, podés contactar a la DGI:
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Teléfono: 1344 (opción 4 para atención personalizada).
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Atención presencial: La DGI habilita períodos de atención personalizada en sus oficinas.
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Años anteriores: Si bien la DGI facilita la consulta de devoluciones, la posibilidad de cobrar por años muy anteriores puede estar sujeta a la prescripción. Es recomendable consultar directamente con la DGI o un contador para casos de muchos años atrás.
En resumen, el primer paso es verificar si ya tenés un crédito disponible para cobrar (devolución automática) a través de los canales de consulta de la DGI. Si no es así, y te corresponde, deberás generar y presentar la declaración jurada para los años que corresponda.